Transporte Metropolitano y familias numerosas

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Según el acuerdo de colaboración firmado por la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas y la  Consellería de Traballo e Benestar  se extenderán los descuentos  establecidos en la Ley  40/2003, do 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, para el transporte interurbano en el entorno del Plan de transporte metropolitano de Galicia, en las áreas metropolitanas de: A Coruña, Ferrol, Santiago de Compostela e Lugo.

El 27 de abril de 2015 entraron en vigor las bonificaciones por familia numerosa para los ayuntamientos del  área metropolitana de Vigo.

Los  descuentos serán:

  • 20 %   categoría general
  • 50 %  categoría especial

Estas bonificaciones por familia numerosa comezaron a aplicarse a partir del 1 de Diciembre de 2014 y son acumulables a cualquier otra bonificación que le pudiera corresponder, con un límite máx. del  100% del  viaje. A partir del  1 de Diciembre de 2014, los descuentos por familia numerosa serán efectivos desde el día de entrada de la solicitud  en el registro correspondiente.

Estas bonificaciones NO serán aplicables para el transporte urbano, solo para el transporte metropolitano entre los ayuntamientos  que integran el área metropolitana correspondiente.

BENEFICIARIOS

Cualquier  miembro de una familia numerosa de Galicia (mayor de 5 años) que, cumpliendo los requisitos necesarios para estar incluidos dentro del  título oficial de familia numerosa, solicite el ALTA en la aplicación SOCIAL de la Dirección Xeral de Familia e Inclusión.

REQUISITOS

  • Ser titular de un contrato individual de tarjeta metropolitana de Galicia (TMG) firmado con la empresa colaboradora (ABANCA). En el caso de ser menores de edad, el contrato será suscrito por los representantes legales (padres, tutores)

Las tarjetas se podrán  adquirir únicamente en las oficinas distribuidoras de ABANCA relacionadas en la página web del transporte metropolitano de Galicia (Ver  OFICINAS) y tienen un coste de 2 €  además del importe de la recarga correspondiente.

  • Cubrir el  impreso de solicitud  de alta en la APLICACION SOCIAL  gestionada por la Dirección Xeral de Familia e Inclusión.
  • Adjuntar  con la solicitud, una copia del contrato individual y una copia de la tarjeta.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

  • Por correo electrónico: carnefamiliargalego@xunta.es. Estas solicitudes serán enviadas al registro general de la Xunta de Galicia en San Caetano.
  • Por correo postal. En este caso,  la hoja de solicitud  deberá ser sellada por Correos  para acreditar la fecha de presentación.
    Dirección Xeral deFamilia e Inclusión (TMG)
    Consellería de Traballo e Benestar
    San Caetano   s/n
    15781  Santiago de Compostela
  • En cualquier  registro administrativo del Estado, de la Comunidade Autónoma o  de cualquiera  de las entidades de la Administración Local, según lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre.

VALIDEZ DE LA TMGS

El período en el que se aplicarán los descuentos correspondientes por familia numerosa coincide con el período de validez del propio título de familia numerosa.

Cada vez que se renueve el título de familia numerosa, deberá comunicarse á  Dirección Xeral de Familia e Inclusión para que realice la correspondiente modificación del  período de validez en la aplicación social.

BONIFICACIONES

Las bonificaciones se percibirán al final del mes siguiente  del que se genere el derecho al descuento correspondiente, con efectividad  desde el  día 1 del  mes siguiente. Así, los descuentos acumulados en Diciembre serán computados a finales del mes de Enero y  disponibles a partir del 1 de febrero.

El  plazo para que las persoas usuarias acepten la bonificación es de 2 meses desde la fecha  en que esta se pone a su disposición. De no aceptar la bonificación en ese plazo, se perderá el derecho a ella. Esta caducidad  solo afecta a las bonificaciones correspondientes, en ningún caso afecta al saldo de la tarjeta.

Las bonificaciones acumuladas se podrán hacer efectivas en cualquier  cajero de ABANCA y en cualquiera de las tarjetas de la persona titular.

OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DE LA  TMG

Las  TMG registradas en la aplicación social serán de uso exclusivo de la  persona titular, quien se responsabilizará de su custodia y correcto uso.

El uso de la tarjeta por una persona distinta del titular dará lugar a la perdida de los beneficios correspondientes.

PÉRDIDA O DETERIORO de la TMG

En caso de pérdida o  deterioro de la tarjeta se podrá sustituír por otra. Si la sustitución se hace en las oficinas de ABANCA relacionadas en la página web del transporte metropolitano de Galicia, el traspaso de las bonificaciones se hace automáticamente. Si la sustitución se hace con otra tarjeta ya en poder de la persona usuaria, deberá solicitarse el traspaso de las bonificaciones a la nueva tarjeta en la Dirección Xeral de Familia e Inclusión.

Para más información

Pinchar  AQUI   o llamando  al Tlf.: 981 544 622

 

 

Cualquier aclaración que puedas necesitar no dudes en contactar con nosotros

Teléfono: 881 924 774

agafan@agafan.org

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