AYUDAS PARA RENOVACIÓN DE ELECTRODOMÉSTICOS

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Objeto:

Ayudas para la renovación de electrodomésticos a particulares por otros más eficientes en viviendas ubicadas en Galicia por parte de personas físicas que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el articulado de esta resolución. Es requisito entregar el antiguo electrodoméstico y sustituirlo por el nuevo para acogerse a esta ayuda.

Son subvencionables la renovación de electrodomésticos de las tipologías indicadas en la siguiente tabla por otros nuevos de la misma tipología y con la etiqueta de clasificación:

  • Frigorífico y frigorífico-congelador con clasificación energética A, B, C o D
  • Congelador con clasificación energética A, B, C o D
  • Lavadora A, B o C
  • Lavavajillas A, B o C
  • Encimeras de inducción total (solamente tecnología de inducción, no mixtas)

En el caso de las encimeras, es subvencionable la renovación de la encimera preexistente de cualquier tecnología por otra nueva de inducción total (placas que tengan solamente tecnología de inducción, no mixtas). Para acceder a la subvención hay que entregar el electrodoméstico retirado a un gestor autorizado.

Beneficiarios:

Las personas físicas mayores de edad.

Cuantía máxima de las ayudas:

 En la siguiente tabla se establece la ayuda máxima por electrodoméstico en función de su tipología. Un beneficiario solo podrá recibir ayuda por la sustitución de un único electrodoméstico de cada una de las tipologías de equipos incluidos y con un máximo de tres electrodomésticos por beneficiario.
tabla11

La cantidad de la subvención no podrá ser superior al 25 % del precio del electrodoméstico para un consumidor general, del 50 % para consumidores vulnerables* y del 75 % para consumidores vulnerables severos*.

(*) Se consideran consumidores vulnerables y vulnerables severos los que cumplan los requisitos para ser beneficiarios del bono social eléctrico establecidos en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, que deberá acreditarse mediante la presentación de una factura de energía eléctrica con una antigüedad máxima de 3 meses anteriores a fecha en la que se presenta la solicitud de reserva de fondos. El beneficiario solo podrá beneficiarse de la ayuda correspondiente a consumidor vulnerable o vulnerable severo en la vivienda que figure en la factura de electricidad con aplicación del bono social.

Todas las familias numerosas con el título en vigor tienen derecho al bono social de la luz como consumidor vulnerable. Además, aquellas que no superen un cierto nivel de renta, pueden ser considerados vulnerables severos.

Plazo de presentación: 08/02/2023 – 30/09/2023.

Solicitudes:

Las personas interesadas deberán dirigirse a cualquiera de los establecimientos adheridos al programa Renove Elctrodomésticos.

Esos establecimientos son las encargadas de tramitar las solicitudes. En caso de consumidor vulnerable hay que aportar la última factura de la luz para comprobar el descuento al que tiene derecho. La solicitud, que se formalizará en formulario normalizado que figura en la orden,  así como el resto de la documentación a presentar, está disponible en la Guía de procedimientos y servicios (https://sede.xunta.gal/portada) con el siguiente código de procedimiento: Procedimiento IN414C

Otros documentos:

Resolución de 12 de diciembre de 2022 (DOG nº 11 de 17 de enero de 2023).

Información:

Xunta de Galicia. Vicepresidencia Primeira e Consellería de Economía, Industria e Innovación. Instituto Enerxético de Galicia (INEGA). Dirección Inega. Xerencia do Inega. R/ Avelino Pousa Antelo, 5 San Lázaro. 15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A).  Email: inega.info@xunta.gal 

Para más información puede contactar con el Inega a través de los teléfonos: 981 541 534 / 981 541 520 / 981 541 539 / 881 999 802 / 981 957 803.

www.inega.gal

https://www.inega.gal/subvencions/subvencions/aforro/2022/ficha_aforro2022_0001.html?idioma=es

 

Fuente: Xunta de Galicia

Cualquier aclaración que puedas necesitar no dudes en contactar con nosotros

Teléfono: 881 924 774

agafan@agafan.org

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