AYUDAS PARA FACILITAR LA OBTENCIÓN DE LOS PERMISOS DE CONDUCIR DE LAS CLASES B, C Y D. 2022

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Objeto:

Ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, hasta agotar el crédito presupuestario, para la obtención de los permisos de conducción de las clases B, C y D por parte de las personas jóvenes residentes en Galicia, con la finalidad de mejorar su autonomía, movilidad y su empleabilidad.

 

Beneficiarios:

Personas jóvenes que cumplan los siguientes requisitos en la fecha de la presentación de su solicitud:

a) Haber cumplido los 18 años, sin prejuicio de la edad mínima para la obtención de los permisos de clase C y D, y que no superen la edad máxima que establezca la normativa vigente del Sistema nacional de garantía juvenil, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97.c) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

b) Estar empadronadas en la Comunidad Autónoma de Galicia con una antigüedad mínima de un año.

c) Estar inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil y figurar como beneficiaria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

d) Tener el/los permiso/s de conducir, para el/los que se solicita esta ayuda con fecha de expedición entre el 1 de diciembre de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud.

 

Gasto subvencionable y cuantía de la ayuda .

El gasto subvencionable es la suma a tanto alzado de obtención de los permisos de conducción objeto de la presente orden, basado en el precio medio de mercado en la Comunidad Autónoma de Galicia para cada tipo de carné.

El importe de la ayuda será de 400 euros para la obtención del permiso de conducción de clase B, de 650 euros para el permiso de clase C y de 1.300 euros para el permiso de clase D.

El importe de la ayuda será acumulativo en el caso de que una misma persona solicite ayuda para la obtención de dos o de los tres permisos objeto de la orden.

Plazo de presentación: 29/09/2022 – 28/10/2022.

Solicitudes y documentación:

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: Procedimiento BS321A

Otros documentos:

Orden de 14 de septiembre de 2022 (DOG nº 185 del 28 de septiembre de 2022).

Más información:

Xunta de Galicia. Consellería de Política Social e Xuventude. Dirección Xeral de Xuventude, Participación e Voluntariado. Instituto da Xuventude de Galicia. Edificio Administrativo San Lázaro s/n – Planta baixa. 15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A). Teléfono: 981545664. Email: xuventude.programas@xunta.gal

Autor: Xunta de Galicia

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agafan@agafan.org

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