APROBADA LA NUEVA REGULACIÓN DEL BONO SOCIAL, QUE SE APLICARÁ A LAS FAMILIAS NUMEROSAS HASTA 3.600 kWh/AÑO

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El Gobierno aprobó el viernes el Real Decreto que regula el bono social de la electricidad, una tarifa social por la que se aplica un descuento del 25% en la tarifa de la electricidad a colectivos necesitados de una especial protección. Entre ellos están las familias numerosas, que en la nueva regulación se han incluido dentro de los «consumidores vulnerables», al margen de su renta, por lo que podrán acceder al bono acreditando esta condición (deberán presentar el título oficial de familia numerosa) y siempre que tengan una potencia contratada igual o inferior a 10 kW.

Límite de consumo

El Gobierno ha establecido limites en el consumo bonificable, que en el caso de las familias numerosas será de 3.600 kWh para todo un año. Sólo hasta esa cantidad se aplicará el 25% de descuento en el precio de tarifa; por encima de los 3.600 kWh se facturará la totalidad. Se calculará prorrateando la energía anual máxima entre el número de días que conformen el período de facturación. Sirve de ejemplo el siguiente: 3.600 KWh/entre 365 días del año da como resultado 9,86 Kwh por día, si el periodo de facturación es de un mes, por ejemplo de 30 días, la bonificación del 25% de la tarifa se hará sobre los 9,86 Kwh por 30 días, es decir, sobre 295,80 Kwh. Los Kwh que excedan de esa cantidad en ese periodo de facturación se cobrarán a precio normal.

En la factura se informará de forma separada el consumo facturado con derecho a descuento y el consumo que excede del límite, y que por tanto no será objeto de descuento en factura.

El descuento en la factura aumentará hasta el 40 % para los hogares considerados consumidores vulnerables severos en función de su situación económica; además, aquellos que estén siendo atendidos por los servicios sociales, tendrán garantizada una subvención del 50 % de la factura y en ningún caso se les podrá cortar la luz.

La nueva regulación entrará en vigor mañana, 10 de octubre, fecha a partir de la cual se podrá solicitar el Bono de acuerdo a lo establecido en la nueva normativa. Para ver todos los detalles, consultar:

Real Decreto 897/2017 VER

Orden ETU/943/2017 VER

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